En nuestro “México Mágico” hay rincones en donde todo es posible; por ejemplo, el casarse dos veces, sin divorciarse del primer matrimonio.
En el estado de Veracruz esto es una realidad.
El pasado viernes 3 de diciembre, un tribunal federal, en materia civil, determinó que sería inconstitucional anular un segundo matrimonio de una persona que no se ha divorciado, da a conocer en su edición de este día el periódico Reforma.
De acuerdo con el artículo 122 del Código Civil de Veracruz, como los códigos del resto del país, se establece la nulidad automática del segundo matrimonio de una persona cuando no ha habido divorcio previamente.
El Código Penal estatal castiga la bigamia como delito, que lo comete quien contrae matrimonio sin haber disuelto su unión previa.
El tribunal en materia indicó, en su fallo, que la restricción implica un “estereotipo de género prejuicioso” contra las relaciones extramaritales.
El periódico Reforma publica que, de este modo, en el caso que resolvió el tribunal, la primera esposa de un hombre fallecido demandó anular su segundo matrimonio, lo que fue concedido por la justicia local.
Pero, la segunda esposa inició un juicio de amparo para que ella y sus hijos tengan los mismos derechos que la primera familia del fallecido.
La Suprema Corte y los tribunales colegiados han quitado importancia al matrimonio tradicional, incluidos los fallos que permiten disolverlo al día siguiente de haberlo contraído.