El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Puebla aprobó, reformas al Código Penal para establecer que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décimo segunda semana de gestación.

El dictamen para reformar los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla –avalado en lo general con 29 votos a favor, siete en contra y cuatro abstenciones—, establece que se impondrán de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo.

También se precisa que, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante con consentimiento de ella, después de la décimo segunda semana de gestación, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que utilice.

Asimismo, se considera el aborto forzado como la interrupción del embarazo, en cualquier momento de la gestación, sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, hecho que se castigará con cuatro a ocho años de prisión; la pena será de ocho a 10 años de prisión si se aplica violencia física o moral..

Puebla se convierte en la entidad federal número 14 en avalarla.

Así se votó:

A favor

Angélica Cervantes

Carlos Evangelista 

Daniela Mier 

Iván Herrera

Yolanda Gámez

Mónica Silva

Nora M Escamilla

Miguel Huerta

Lidia Ocaña

Roberto Bautista

Rosalinda Toledo

Karla Martínez 

Jocelyn Olivares

Edgar Garmendia 

Jorge Luis Vélez

Gerardo Hernández

Silvia Tanús

Eduardo Alcántara 

Laura Zapata 

Xel Hernández 

Ruth Zarate

Roberto Solís 

Eduardo Castillo

Norma Reyes

Patricia Valencia 

Javier del Valle

Adolfo Alatriste

César Hernández

Jaime Natale

 

En contra

Karla Rodríguez

Nancy Jiménez

Rafael Micalco 

Mónica Rodríguez 

Miguel Espinosa

Pablo Pérez

Mayra Estrella Tame

 

Abstención

Azucena Rosas

Guadalupe Leal

José Corona 

Liz Minto

 

Ausente 

Fernando Sánchez Sassia