El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Puebla aprobó, reformas al Código Penal para establecer que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décimo segunda semana de gestación.
El dictamen para reformar los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla –avalado en lo general con 29 votos a favor, siete en contra y cuatro abstenciones—, establece que se impondrán de seis meses a un año de prisión a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo.
También se precisa que, al que hiciere abortar a una mujer o persona gestante con consentimiento de ella, después de la décimo segunda semana de gestación, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que utilice.
Asimismo, se considera el aborto forzado como la interrupción del embarazo, en cualquier momento de la gestación, sin el consentimiento de la mujer o persona gestante, hecho que se castigará con cuatro a ocho años de prisión; la pena será de ocho a 10 años de prisión si se aplica violencia física o moral..
Puebla se convierte en la entidad federal número 14 en avalarla.
Así se votó:
A favor
Angélica Cervantes
Carlos Evangelista
Daniela Mier
Iván Herrera
Yolanda Gámez
Mónica Silva
Nora M Escamilla
Miguel Huerta
Lidia Ocaña
Roberto Bautista
Rosalinda Toledo
Karla Martínez
Jocelyn Olivares
Edgar Garmendia
Jorge Luis Vélez
Gerardo Hernández
Silvia Tanús
Eduardo Alcántara
Laura Zapata
Xel Hernández
Ruth Zarate
Roberto Solís
Eduardo Castillo
Norma Reyes
Patricia Valencia
Javier del Valle
Adolfo Alatriste
César Hernández
Jaime Natale
En contra
Karla Rodríguez
Nancy Jiménez
Rafael Micalco
Mónica Rodríguez
Miguel Espinosa
Pablo Pérez
Mayra Estrella Tame
Abstención
Azucena Rosas
Guadalupe Leal
José Corona
Liz Minto
Ausente
Fernando Sánchez Sassia