El Senado aprobó la minuta con proyecto de decreto para expedir la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que da prioridad al desplazamiento de personas, particularmente de grupos en situación de vulnerabilidad, en condiciones de accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, y que busca reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales.  

Con 102 votos a favor, el Pleno respaldó los cambios a los artículos 3, 5, 7, 31, 44, 48, 52 y 54, que realizó la Cámara de Diputados al proyecto que avaló el Senado, el pasado 14 de diciembre de 2021, por lo que el documento fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.  

De esta manera, se incluyó a “la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes” para el otorgamiento de permisos o autorizaciones de personas físicas o morales, para el servicio de transporte; así como a la Secretaría de Economía como integrante del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial.  

Dicha ley ordena la aplicación del alcoholímetro en todo el país, así como fijar límites de velocidad iguales.

La nueva normatividad, que el pleno del Senado aprobó, ya fue avalada y corregida por ambas cámaras del Congreso de la Unión. Se envió al Ejecutivo federal para su entrada en vigor.

La prioridad en la movilidad la tendrá al peatón; al último están los automovilistas.

Quedará prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro de aire (mg/L) en aire espirado o 0.05 gramos por litro de sangre (g/dL). Para los motociclistas estos parámetros serán de 0.1 mg/L o 0.02 g/dL, mientras que no habrá tolerancia para conductores de transporte.

Los estados y municipios deberán fijar límites de velocidad: 30 kilómetros por hora (km/h) en calles; 50 km/h en avenidas; 80 km/h en vías rápidas; 80 km/h en carreteras; 110 km/h para automóviles en carreteras y autopistas federales.

Las nuevas disposiciones

Ojo. Dichas medidas se implementarán en todo el país

La prohibición de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer o enviar mensajes de texto por medio de cualquier tipo de dispositivo electrónico, salvo que se realice mediante tecnología de manos libres.
Uso obligatorio del cinturón de seguridad. 
La implementación de alcoholímetros.
El uso obligatorio de cascos que cumplan con las normas oficiales para quienes se transporten en motocicletas.
El establecimiento de límites de velocidad en autopistas, carreteras y todos los caminos del territorio nacional.
Se establece la obligatoriedad de que cualquier persona menor de 12 años o que por su condición física lo requiera, viaje en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o en un asiento de seguridad que cumpla con los requisitos establecidos en la norma oficial mexicana.
Para vehículos destinados al transporte de pasajeros y de carga queda prohibido conducir con cualquier concentración de alcohol, habrá controles con un método aprobado por la Secretaría de Salud federal.

“9 de cada 10 hechos viales con siniestro, con pérdidas de vida, son debido a las velocidades y al alcohol, en esta ley regulamos eso, eso sí, son medidas mínimas en todo el país para evitar este tipo de muertos”
Patricia Mercado

Destacan trabajo conjunto 

Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad, Patricia Mercado, destacó que la aprobación de la nueva Ley es el resultado del trabajo conjunto con las organizaciones de la sociedad civil.  

Expresó que la minuta que envío la Cámara de Diputados, con modificaciones y adiciones, abona a un marco jurídico para “resolver problemas que vivimos todos los días, las familias y las comunidades”.  

La legisladora indicó que los accidentes viales son la primera causa de muerte de infantes, niñas, niños y jóvenes. Además, abundó, es la segunda causa de fallecimientos de personas de 25 a 30 años.

Por ello, afirmó, se crea un marco jurídico para “no evitar el error humano, porque siempre va a existir”, sino para construir condiciones de tránsito, de regulación y lineamientos para que estas fallas no terminen con la vida de las personas.

Al presentar un voto particular en relación a la regulación de los autos nuevos, el senador Emilio Álvarez Icaza dijo que el mensaje es que el Estado protege y tutela los derechos de las y los mexicanos por encima de cualquier visión comercial industrial.

El senador de Morena, Elí César Cervantes Rojas, destacó que las modificaciones que se realizaron al dictamen en la Cámara de Diputados tienen la finalidad de dar mayor certeza a las y los ciudadanos, para ejercer su derecho humano a la movilidad, en condiciones de seguridad vial, con piso parejo para municipios y entidades federativas.

Por el PAN, la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz aseguró que en este tema la industria automotriz no tiene razón y que es hora de tener vehículos con estándares internacionales de seguridad; además, advirtió que la Secretaría de Economía tendrá un plazo razonable para publicar la Norma Oficial Mexicana.

Verónica Delgadillo García, senadora de Movimiento Ciudadano, reconoció el trabajo parlamentario que se realizó para la aprobación de esta Ley, la cual está encaminada a disminuir los límites de velocidad y prohibir el uso de vehículos por personas en estado de ebriedad.

El senador Miguel Ángel Lucero Olivas, del PT, destacó que se debe atender el reclamo de la sociedad para que se regulen, establezcan y mejoren las normas para permitir el uso adecuado de los espacios de movilidad.

La senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del Grupo Plural, consideró que todas las muertes en accidentes viales pueden ser prevenibles, y este principio se materializa en la Ley para la movilidad segura, la cual cuenta con un enfoque confiable y reconoce que los errores humanos son inevitables, pero en ningún caso nos deben costar la vida.